FORMULARIO DE NATURALIZACIÓN POR MATRIMONIO O UNION DE HECHO
Aspectos Generales | |||
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Nombre del trámite | FORMULARIO DE NATURALIZACIÓN POR MATRIMONIO O UNION DE HECHO | ||
Descripción del trámite | Es el acto administrativo por el cual una persona extranjera adquiere la nacionalidad ecuatoriana por encontrarse casado o en unión de hecho con una persona ecuatoriana y siempre que el domicilio se encuentre establecido en el país. | ||
¿A quién está dirigido? | A las personas naturales extranjeras casadas o en unión de hecho con una persona ecuatoriana que cumplan una de las siguientes condiciones y soliciten obtener la nacionalidad ecuatoriana:1. Quienes hayan contraído matrimonio en el país con una persona ecuatoriana, luego de transcurridos dos (2) años desde la fecha de su celebración y el domicilio se encuentre establecido en el país. 2. Quienes hayan contraído matrimonio con una persona ecuatoriana en el exterior, luego de transcurridos dos (2) años desde la fecha de inscripción en el Registro Civil y el domicilio se encuentre establecido en el país; 3. Quienes se encuentren en unión de hecho con una persona ecuatoriana, luego de transcurridos dos (2) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Civil y el domicilio se encuentre establecido en el país. | ||
Institución | |||
Institución a cargo | Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana | ||
Horario de atención | 8h30 a 17h00 | ||
Dirección | En el siguiente link se encuentran las direcciones y correos de las direcciones zonales y oficinas técnicas: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/ | ||
Requisitos | |||
¿Qué se necesita para realizar el trámite? | Requisitos generales | 1. Tres fotografías actualizadas a color tamaño carnet con fondo blanco. La cara deberá ocupar el 50% de la foto. No se aceptan fotos retocadas o alteradas 2. Acreditar residencia en cualquiera de las categorías migratorias señaladas en la Ley Orgánica de Movilidad Humana. 3. Acta o certificado de nacimiento debidamente apostillado o legalizado y emitido por Autoridad Competente del país de origen en el que conste el lugar de nacimiento y demás datos de filiación del solicitante. En caso de que el documento original fuese emitido en un idioma distinto al castellano, deberá presentarse traducido. De este requisito quedan exentas las personas reconocidas por el Ecuador como refugiadas y/o apátridas 4. Original y copia del pasaporte 5. Sustento de visa 6. Original y copia de cédula de identidad de la persona ecuatoriana y extranjera. 7. Presentar el acta de matrimonio o de la unión de hecho debidamente inscritos en el Registro Civil. 8. Caso de contar con unión de hecho con ciudadano ecuatoriano deberá adjuntar la solemne sesión realizada en notaría. 9. Exponer en una entrevista los motivos por los que desea adquirir la nacionalidad ecuatoriana; 10. Encontrarse al día en sus obligaciones con el Estado Ecuatoriano; 11. Demostrar medios lícitos de vida en el país. | |
Requisitos adicionales/ específicos |
Pasaporte de los progenitores o del solicitante. Poder especial en caso de ser realizado por un tercero. | ||
Excepciones a la presentación de los requisitos | |||
Forma de realizar el trámite | |||
¿Cómo hago el trámite de manera presencial? | Se debe de agendar una cita para el servicio de naturalización en el siguiente link: https://serviciows.cancilleria.gob.ec:444/TurnosCancilleria Una vez que les asignen la cita, los solicitantes deberán acudir a la Coordinación Zonal del lugar de su residencia y comunicar los datos personales que sean requeridos por el funcionario para llenar la solicitud de naturalización. Antes de iniciar el trámite verificar que los nombres y apellidos del solicitante, de sus progenitores, lugar y fecha de nacimiento, se encuentren correctos y sean los mismos que consten en todos los documentos requeridos para el trámite. De existir diferencias se deberá efectuar las rectificaciones que ameriten con la finalidad de asegurar la identidad de la persona y evitar que el expediente durante el trámite sea observado. En caso de matrimonio o unión de hecho con persona naturalizada ecuatoriana, la naturalización solo podrá solicitarse cuando la celebración del matrimonio o la inscripción de la unión de hecho, se hayan realizado de forma posterior a la obtención de la nacionalidad ecuatoriana del cónyuge o conviviente ecuatoriano del solicitante y, bajo las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de Movilidad Humana. El trámite es de índole personal y no se aceptan poderes o autorizaciones a terceras personas. Presentar los requisitos en la Dirección Zonal más cercana al lugar del domicilio del solicitante. Para acceder a la ubicación y verificar el requerimiento previo de cita para el servicio consultar el siguiente link con información de las Direcciones Zonales a nivel nacional: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/ Proporcionar toda la información que sea requerida al funcionario de ventanilla con la finalidad de llenar los campos que constan en el formulario de la solicitud. Con los datos ingresados se procederá a tomar una fotografía del solicitante, por tanto la persona no deberá portar gafas, gorro, cintillo, ni accesorios que cubran el rostro y el cabello. Para el ingreso de los documentos a trámite deberán encontrarse presentes los cónyuges o convivientes quienes deberán firmar el formulario de la solicitud de forma conjunta. La unidad administrativa a cargo del trámite notificará al correo electrónico señalado sobre el otorgamiento o la improcedencia de la naturalización. Recibida la Resolución de Naturalización, el beneficiario cuenta con el plazo de cuarenta y cinco (45) días para renovar la cédula de identidad con la nueva condición de ecuatoriano. De no hacerlo en el tiempo señalado deberá solicitar un certificado de vigencia de la Carta de Naturalización con un costo de USD 45,00 y en casos de reincidencia el certificado tendrá un valor de USD 85,00. | ||
¿Cómo hago el trámite de manera virtual? | El trámite únicamente es presencial. | ||
Costo del trámite | |||
¿Qué costo tiene el trámite? | USD 50,00 No grava IVA (solicitud) USD 100,00 No grava IVA (otorgamiento) Se aplica exoneración de 100 % a nivel nacional, para personas con una discapacidad igual o mayor al 30%, presentando el carnet de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador. | ||
Seguimiento | |||
Como se puede dar seguimiento al estado del tramite | Para el seguimiento del trámite es importante señalar un correo electrónico de contacto para recibir notificaciones sobre el desarrollo del trámite, entrevista y cualquier requerimiento de información o de documentos por parte de la Dirección Zonal a cargo del trámite | ||
Contactos de información para conocer sobre el estado del trámite | prioritariocz9@cancilleria.gob.ec | ||
Duración | |||
Cuanto tiempo dura el trámite | 1 mes aprox. | ||
Resultado | |||
Resultado final una vez que se ha completado satisfactoriamente el tramite | Resolución de Nacionalidad Ecuatoriana | ||
Procedimiento a seguir en caso de negativa | No existen consecuencias. | ||
Base Legal | |||
Acuerdo Ministerial No. 0000026 – Arancel Consular y Diplomático 2023 – Art(s). Capítulo III, Actos administrativos exclusivos en Ecuador. Partidas 11.1, 11.1.1 y 12.2.1 Constitución de la República del Ecuador – Art(s). Arts. 6 y 8 Ley Orgánica de Movilidad Humana 2023 – Art(s). Arts. 70,71, 71.A, y 72 Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana 2023 – Art(s). Arts. 122,123,124,125,126,127,128,129,130, 131, 143 y 146 |